Constitución española de 1876
La Constitución española de 1876 fue promulgada el 30 de junio de 1876 por Cánovas del Castillo. Esta constitución partió de un borrador constitucional desarrollado por un grupo de 600 notables, antiguos senadores y diputados de anteriores legislaturas, designados por Cánovas. De ellos resultó una comisión de 39 de ellos, presidida por Manuel Alonso Martínez, que sería el encargado de la definitiva redacción del texto. El texto final fue aprobado sin grandes cambios por unas Cortes Constituyentes elegidas por sufragio universal de acuerdo a lo previsto en la Constitución española de 1869.
- La soberanía es compartida entre el Rey y las Cortes.
- Los derechos y deberes de los ciudadanos están limitados por las leyes ordinarias.
- El poder legislativo es compartido entre las cortes y el Rey, pudiendo éste último vetar leyes y disolver las cámaras.
- La Corona tiene el poder ejecutivo, pudiendo nombrar al jefe de gobierno y los ministros.
- Las cortes son bicamerales, con un senado formado por designación real y un congreso elegido por sufragio directo.
- El poder judicial tenía la potestad de aplicar las leyes en los juicios y los jueces se elegían mediante oposición, al igual que en la actualidad.
- No se pronuncia respecto al tipo de sufragio ni tampoco respecto al tipo de procedimiento electoral, hasta el año 1890 en el que pasa a ser sufragio universal masculino.
- Establece también un estado confesional católico, si bien se toleran otras religiones siempre que la respeten.
- Los ayuntamientos y diputaciones están bajo control gubernamental, organización centralista.
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